Marzo 13, 2021
La Ciencia en el contexto judicial y en el cotejo de firmas

No existe un solo sistema Jurídico que no haga uso de la ciencia o por lo menos del pretendido conocimiento científico o conocimiento experto a través de los diferentes campos de acción como la prueba de ADN mitocondrial, pruebas de toxicología, microscopia, evidencia traza, balística etc.

Para que se reconozca eficacia probatoria a una determinada labor al interior del proceso como la comparación de firmas, esta debe ceñirse necesariamente a un método conocido y conocible que sea de aceptación por la comunidad de peritos y que se base en criterios objetivos de identificación de cuerpos de escritura mediante los cuales se pueda probar objetivamente que una firma se identifica con determinada muestra o que por el contrario dadas las características graficas es posible excluirlas como provenientes de una misma fuente manuscritural.

Los dictámenes periciales en el cotejo de firmas llevado a cabo por los Grafólogos formados profesionalmente o Analistas Forenses de Documentos (AFD), conservan unos estándares de confiabilidad para que en los procedimientos jurisdiccionales sean considerados verdaderos indicios o medios de prueba y surtan un efecto positivo en la toma de la decisión judicial.

¿Tienen validez científica las afirmaciones que hacemos los peritos?, en verdad estamos frente a una disciplina infalible y confiable de la cual conocemos los márgenes de error? ¿de qué depende la fiabilidad entendida como la confianza en los resultados? ¿Qué clase de ciencia es y qué desarrollo epistemológico ha tenido en los últimos años?, ¿Cuál es el estándar metodológico más adecuado si en la práctica existen múltiples maneras y estilos para plasmar los hallazgos que van desde lo empírico emocional a lo teórico racional?

Es precisamente el contexto judicial a través del contradictorio el escenario ideal para que mediante la confrontación(1) que es diferente de la refutación(2), se pueda debatir acerca de la manera como se presenta el dictamen, su método, estándares, técnicas y procedimientos y de esta manera desvelar cualquier error metodológico que lo anule o lo contradiga.

Una de las características de la ciencia en sentido estricto es el uso de un lenguaje universal y en el abordaje por lo menos en Colombia existen multiplicidad de conceptos o criterios no unificados por la comunidad de peritos que le restan merito por falta de homogenización en los procesos que van desde conceptos básicos como el de abundancia de la muestra(3), contemporaneidad(4) del material, similaridad, etc. hasta la manera de plasmar los hallazgos(5) que varía de una institución a otra lo que nos invita a repensar nuestra labor diaria y a reflexionar a acerca de las limitaciones en la práctica forense.

El cotejo o comparación de firmas exige una preparación constante en temas de carácter epistemológico para reconocer los alcances de la prueba pericial, su evolución técnicas y procesos de estandarización.

Toda ciencia, técnica o disciplina evoluciona con el paso del tiempo y el área relacionada con el examen forense de documentos y el cotejo de firmas NO es la excepción. El conocimiento no es estático y todos los días surgen nuevos interrogantes frente a la manera más adecuada de abordar un caso de peritaje de firmas o análisis de documentos cuestionados.

Mas que certificar personas debemos unificar criterios frente a la metodología, las técnicas, los laboratorios y la estandarización en la comunicación de los hallazgos creando puentes de comunicación fluida entre la justicia y los laboratorios forenses en pro de los justiciables.

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Bibiografía

  • 1: La confrontación sería aquel derecho que le asiste al procesado de carearse con los testigos adversos, contrainterrogar a los mismos
  • 2: Refutación es hallar el error en una argumentación general y explicar el mismo mediante el uso de citas, razones o pruebas y su finalidad es desestimar las razones del contrario. La contradicción a nivel probatorio implica la posibilidad que tienen las partes de intervenir en la formación de la prueba con recursos, oposiciones e inclusive la presentación de otras pruebas.
  • 3: ¿Cuánta muestra caligráfica o de firmas debe ser la adecuada para que el perito grafólogo adelante su labor?
  • 4: ¿Qué nivel de contemporaneidad o coetaneidad debe exigirse para adelantar la labor comparativa?
  • 5: Algunas entidades como la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación emiten sus conclusiones en términos de Uniprocedencia o No uniprocedencia mansucritural y otras como el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLYCF) hacen uso de las recomendaciones internacionales que sugieren el uso de escalas verbales de respuesta como la American Society for Testing and Materials ASTM-Designación: E1658 − 08 -Terminología estándar para expresar las conclusiones por parte de un examinador de documentos.

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